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La prueba confesional versus la prohibición de forzar la declaración contra uno mismo – Un reexamen bajo la óptica del moderno garantismo procesal
Por Gastón Andrés Navarro
“La prueba de la confesión no es inconstitucional en su ofrecimiento y producción; lo que deviene inconstitucional son las herramientas que el ordenamiento legal ha previsto para poder forzar la declaración en sí y la interpretación que surge de ello, por cuanto ahí si se está atentando contra la garantía constitucional subexamine. Si somos respetuosos y coherentes con enarbolar banderas de apego por la seguridad jurídica, y sobre ello velar por el fiel cumplimiento de las garantías procesales, no podemos seguir manteniendo normas procesales que, lejos de velar por la realización de justicia, no hacen otra cosa más que mellar los cimientos mismos de los derechos consagrados sobre los cuales el ordenamiento cobra vida.”
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Términos mencionados en esta doctrina: prueba, confesión, inconstitucional, contra, declaración, confesional, producción, ordenamiento, garantía, constitucional.